Publicado originalmente en:
Por diversas razones, crear un marco regulatorio práctico y suficiente para enfrentar la corrupción no es sencillo. No solo diversos intereses que, al parecer, siempre están en contra de este propósito, sino la generalidad y poca técnica de muchas de las propuestas al respecto, hacen que el escenario no sea sencillo de aterrizar. El gobierno saliente, pese a los tropiezos y críticas que tenemos, sacó adelante la Ley 2195 de este año, que tiene aspectos destables.
Algunos de estos son la comprensión de los pequeñas y medianas empresas dentro de la prevención de riesgos de corrupción, así como la creación de los programas de transparencia y ética pública para las entidades del sector oficial tanto nacional como regional. En otros términos, esta nueva ley entiende que es insuficiente un Compliance para prevenir riesgos de corrupción, si no incorpora la totalidad de empresas del sector privado, incluso las pequeñas, y si el sector público no habla el mismo lenguaje del sector privado al respecto.
Sin embargo, como lo suelen requerir este tipo de asuntos, los postulados de la ley sobre este par de aciertos de la Ley 2195 requieren de reglamentación suficiente. Estando a un par de semanas de la posesión del nuevo presidente, esta reglamentación aun no ha sido expedida, por lo que suponemos que será una tarea para el nuevo gobierno. Aunque no hay razones para poner en duda el interés que éste tiene en la lucha contra la corrupción, es muy importante que la buena voluntad no vaya a quedar diluida en la implementación de meras medidas publicitarias o que solo generan la sensación de estar luchando contra la corrupción -como es el típico aumento de penas de prisión o creación de nuevas estructuras burocráticas-, y que se concrete en aspectos técnicos esenciales, como lo es precisamente la reglamentación del Compliance Público y el Compliance para MiPymes.
En otros términos, más allá de muchas cosas que quedaron pendientes y que no se concretaron en la lucha contra la corrupción en el gobierno saliente -como las recompensas y protección para denunciantes de corrupción-, u otras que dejaron un pésimo sinsabor en este contexto -como la absurda feria de contratos dentro de una inconstitucional omisión de la ley de garantías-, el nuevo gobierno debe, sin más, regular lo que dispuso la Ley 2195 en los dos temas mencionados. Dejar de hacerlo por llevar la contraria al gobierno saliente o por dar golpes de opinión con estrategias anticorrupción que ganan aplausos pero que son inocuas, sería un gravísimo error.
Así las cosas, el nuevo gobierno debe tener como prioridad continuar con el desarrollo del Compliance, del enfoque de riesgos y la prevención como para enfrentar la corrupción. La Ley 2195 le dejó el camino totalmente abierto para expedir la regulación respectiva. El gobierno saliente deja unos cimientos de unos temas muy importantes para la lucha contra la corrupción, dejando el grueso de la tarea al gobierno entrante. En tanto es un tema más técnico que político, aspiro que la regulación pendiente de la Ley 2195 sea un asunto al que se le de continuidad. Como dicen los politólogos, ojalá la regulación pendiente de Compliance Público y Compliance para MiPymes sea entendido como un asunto de Estado y no de gobierno, que debe seguir y perdurar sin importar quien ocupe la silla presidencial.